Esta mañana, el abogado José Luis Zerillo presentó la medida cautelar que pide el reintegro del beneficio en las oficinas del organismo en Mar del Plata. Señaló que, a partir de este fallo, aquellos beneficiarios en la misma situación podrían hacer sus respectivas presentaciones judiciales.
Esta mañana el abogado José Luis Zerillo, acompañado por un grupo de jubilados y la abogada Gabriela Rey, presentó en la sede de PAMI la notificación de la cautelar que pide el reintegro de la cobertura del 100 por ciento de los medicamentos a tres afiliados afectados tras la resolución que restringió el beneficio.
“Nosotros interpusimos una acción de amparo por tres jubilados de Mar del Plata que, a través de las resoluciones del PAMI, vieron coartada la posibilidad de tener el 100 por ciento de la cobertura de sus medicamentos. Esa acción de amparo tuvo una medida cautelar que hoy estamos notificando”, señaló esta mañana el letrado y dirigente local, frente al edificio ubicado en Jujuy y Balcarce.
Señaló entonces que “esta medida cautelar le ordena al PAMI que revierta su conducta por considerarla prima facie inconstitucional, pese a que no hay una resolución todavía de fondo, y la obliga a mantener la cobertura de medicamentos con el mismo nivel que tenía con anterioridad de la resolución”.
Al respecto, destacó que considera el fallo “muy interesante y pone en su justa medida la situación que están viviendo cientos de miles de jubilados del país, que tenían un nivel de cobertura médica del 100 por ciento en los medicamentos y que después de esa resolución quedan en una situación de absoluta vulnerabilidad”.
Consultado sobre la posibilidad de que este fallo abra el camino a jubilados en la misma situación, aseguró que “los que hayan reunido las mismas condiciones, de estar recibiendo medicación al 100 por ciento y luego el PAMI, unilateral y arbitrariamente y simplemente por una cuestión de ajuste en su presupuesto y de achique de la inversión pública, haya quitado esos medicamentos y haya pasado a coberturas de hasta el 50% en algunos casos, por supuesto que están en condiciones de hacer una presentación de estas características”.
En línea con el reclamo, indicó que “en fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con su anterior integración, se estableció claramente que los derechos sociales son derechos progresivos, y que no pueden ser restringido e ir retrocediendo en la garantía de los mismos. La medida del PAMI va claramente en contrapunto con esto, lo que hizo fue retrotraer derechos que ya estaban garantizados a situaciones anteriores de vulnerabilidad”.
“Hay que interpretar y entender que una persona que accede a su jubilación ya deja de depender de su capacidad económica, sino que pasa a depender del Estado, quien debe garantizar ese derecho a través de la seguridad social. Cuando el Estado se retira, el estado de vulnerabilidad es mucho más extremo que en cualquier otro caso”, concluyó.